Historia de Úbeda (siglo XVII)

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El siglo XVII: De villa de Ubeda a territorio de señorío

Es en este siglo, que supone una verdadera revoluciónen la historia de esta localidad por la prodijiosa llegada, el 20 de enero de 1637, del Sagrado Lienzo del Santisimo Cristo de Burgos, cuando se va a producir el paso de población dependiente de Ubeda a territorio de Señorio.

Los dos hechos están unidos entre sí es más, podemos decir que indirectamenteel segundo es consecuencia del primero.

Efectivamente sucedió al ceder D. Jerónimo de Sanvítores y de la Portilla, el 14 de septiembre de este año, el Sagrado Lienzo al Pueblo de Cabra "...perpetuamente para siempre jamás...", como reza la escritura de donación de este noble burgalés vinculado a esta villa, y no solamente por este acto, sino también por una serie de concesiones que, previamente, y para llegar a la donación, le habían hecho en Baeza el 12 de agosto del mismo año, a ruegos y súplicas del prior de esta iglesia parroquial el Dr. D. Francisco Palomino de Ledesma, el obispo de Jaén, Cardenal D. Baltasar de Moscoso y Sandoval.

Entre ellas destacomos; la concesión del patronato de la capilla mayor de este santuario, con la posibilidad en ella una cripta de enterramiento, así como a poner en la misma su escudo de armas y a titularidad de todas las capellanías que en ella se fundasen.

D. Jarónimo marchó a Guadix, para donde había sido nombrado correjidor por el Rey Felipe IV (esta localidad junto con Baza y Almeria formaban un único correjimiento), y hasta 1640 alternará su vida en Guadix con largas estancias en Madrid, donde desempeñaba importantes cargos cortesanos. Asi, por ejemplo, sabemos que era miembro del Consejo de Hacienda y Gentil hombre de la Cámara de su Majestad. Sin embargo, no se olvidará de esta localidad, donde, como vimos, tenia algunos intereses creados, los cuales a partir de ahora va a acrecentar con denodado áhínco y entusiasmo.

Y es que, efectivamente, él ya pertenecia a la nobleza, pues era señor de la villa de Palazuelos de la Sierra, (Burgos); alcalde mayor y perpetuo de la misma Burgos, caballero de la orden de Santiago, etc.etc. Sin embargo sospecho que, a pesar de tener tods estos titulos, dentro de su entorno social sería considerado a lo sumo, como un destacado mienbro de la nobleza tipo medio y nada más. De ahí que, deseando potencial su carrera ascensional para llegar a la alta nobleza, a lograr, bien en persona o en la de su hijo, D. José de Sanvítores, (otro hijo de D. Jerónimo, casado con Dª. Francisca Alonso de Maluenda, fue el jesuita, hoy beatificado, Diego Luis de Sanvítores), comienza a adquirir gran cantidad de bienes, tanto rusticos como úrbanos, en esta localidad. Con ello instituyó un mayorazgo, que le de punto de partida en su intento de escalar y ocupar, lo más rápidamente posible, un lugar destacado dentro de la alta nobleza( el estamento privilejiado, por excelencia, dentro de la alta nobleza del Antiguo Réjimen).

Incluso los bienes y las distintas rentas que fueron acumulando en sus personas , tanto D. Jéronimo como su hijo D. José, no quedaron circunscritas sólamente en esta localidad, sino que, también, fueron muy frecuantes e importantes en otros lugares del reino, especialmente en Andalucia.

A todo esto hay que sumar el que la monarquía, de los mal llamados Austrias Menores, encontró en estos personajes de la nobleza de tipo medio, pero con ansias de ascensión y de promoción y con medios économicos suficientes para comprar titulos, una de las mejores y más saneada fuente de ingresos. Justo en el momento en la que la hacienda pública, debido a los excisivos gastos, presentaba un insalvable déficit.

No queremos incidir más en este sentido, pues el hablar de Felipe II ya hicimos alguna observaciones al respecto. Sólamente reseñamos que es, sobre todo, en los reinados de Felipe IV y de Carlos II, cuando la Corona, acuciada por la falta de recursos económicos, pone a la venta un mayor número de pueblos y tierras de jurisdicción, que, en consecuencia, pasan a ser señorio.

Es en este contexto donde hay que explicar la venta de la jurisdicción de la villa de Cabra a D. José de Sanvítores y de la Portilla, Concretamenteel 18 de Mayo de 1659, mediante escritura otorgada por D. Francisco de Iriarte, secretario real, Felipe IV cede al hijo de D. Jerónimo esta localidad por la cantidad de 175.000 maravedies.

En comparación con las cantidades exigidas por la venta de otras poblaciones, ésta nos parece excesivamente exigua. Sin embatgo, a esterespecto, no debemos olvidar que, al ser por esos años D. José de Sanvítores decano del Consejo de Hacienda, ello repercutiría muy positivamente a su favor, ya que el monarca, en agradecimiento a los muchos servicios que estaba prestando, le haría una sustancial rebaja. Asi pues, Cabra (ahora del Santo Cristo) deja de ser de Ubeda y pasaba a ser territorio de señorio.

La delimitación del nuevo término y jurisdicción fue realizada por Alonso Hernández medidor real, quien acabó su trabajo el dia 7 de Julio de ese mismo año (1659), resultando un término de 46.561 varas de perimetro (38.878 metros).

Por otro lado D. José, al igual que años antes había hecho que su padre, siguierá incrementando su patrimonio personal en esta villa, tanto en fincas rústicas como urbanas. Comenzando por adquirir a la Corona, incluso con anterioridad al año (1659), las alcabalas y las tercias reales de esta localidad.

En todos sus escritos mandará que lo intitulen, en primer lugar, como "SEñor de la villa de Cabra del Santo Cristo"; sin embargo, para no repetir aqui ideas ya expuesta, me remito a la biografia sobre el DR.D. Francisco Palomino de Ledesma, importante personaje. Solamente señalaré que, a comienzos de la séptima década de dicho siglo, levantó su hermoso palacio en la plaza del pueblo (lamentablemente derribado en 1983), una casa-mesón en el mismo lugar y el 30 de Abril de 1661compró a los hijos y herederos del escribano Francisco González del Morallas escribanias del cabildo y del numarode la villa por 300 ducados (112.500 maravedies). Asi, de este modo tenía controlados los pricipales cargos públicos de la localidad, a saber el de corregidor, escribano y alcaldes ordinarios, nombrando para desempeñarlos a personas de su total confianza y adictas a su politica e intereses.

El siguiente paso al Señorio va a ser la concesión del titulo de Vizconde de Cabra del Santo Cristo. Se lo otorgó el mismo monarca Felipe IV, el dia 29 de Junio de 1664. Con ello, D. José ya está metido de lleno y forma parte, con pleno derecho, del reducido grupo que, dentro del estamento de los privilegiados, representaba a la alta nobleza.

Por esas fechas, adeñás ya habia casado con Dª. Ana Garcés Carrillo de Mendoza, hija de los condes de Priego, quien le aportó una sustanciosa dote al matrimonio. Sus rentas siguen aumentando vertiginosamente. Así por ejemplo, sabemos que una encomienda, que poseía en Guatemala, le producia anualmente unos importantisimos ingresos.

Todo ello, al fin y a la postre, va a desenbocar y a facilitar la concesión del titulo de Maqués de la Rambla, el dia 10 de Agosto de 1682 por el rey Carlos II.

Pocos años después, concretamente en 1685, se le presentaria la oportunidad de ampliar aún más su jurisdicción y sus propiedades rústicas y urbanas, al comprar a la Corona y, en su nombre, a D. Antonio Gregorio de Chaves, oidor de la Real Chancillería de Granada, comisionado para ello, las tierras de realengo situadas entre la fuente del Buitre y Cújar. Sin embargo, tal adquisición, le iba a acarrear múltiples problemas y complicaciones. Destacando entre ellos el pleito que le puso el Marqués de Solera y conde de Santisteban del Puerto, D. Manuel de Benavides y Aragón, quien denunció esta venta ante la Real Chancilleria de Granada, ya que, según él, las tierras vendidas pertenecían a Solera y en consecuencia a su jurisdicción.

Muy larga duración tuvo este preceso que, al final, se resolvió ordenando el nuevo monarca Felipe V (con él entra a reinar en España la casa francesa de los Borbones), que se hiciera un nuevo deslindede tierras entre ambas localidades, el cual, en lineas generales, siguió al efectuado en 1659, si bien las tierras en litigio quedaban situadas en la misma linea de demarcación.

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