Conversación:Amos...
Se trata de una voz procedente del castellano antiguo y del sefardí que todavía como un endemismo linguístico ha logrado conservarse.
Caso de borrarse se estará ante la destrucción de algo histórico que se ha conservado y que merece el debido tratamiento.--Palotes 07:54 3 jul 2008 (CEST)
- Siendo así será fácil dar alguna referencia de su uso escrito en La Guardia durante los siglos XVI a XIX. Ya que desde la expulsión de los judíos por los Reyes Católicos hasta la reapertura de las fronteras a estos por Francisco Franco no existieron sefardíes en España; porque el caso no es si en judeo-español existe la palabra, sino si se incorporó al habla guardeña. Si es una voz endémica existirán documentos históricos locales en las que se utilice; documentos que serán posteriores a la expulsión puesto que su incorporación al habla no podría no ser anterior, y que serán anteriores a su reaparición en España dado que los textos pudieran ser malas traducciones desde la lengua ladina en textos modernos.
- No discuto el que se use la voz —amos— en La Guardia, como dice Fátima (disc. · contr.) está bastante extendido el uso de —vamos— como —amos— (pronúnciese /ámos/) por una debilitación fonética de la uve, lo cual significa que se trataría de una transcripción fonética, ya que no se escribe nunca —amos— en este concepto de la palabra sin "v", de hecho a veces sería /ámo'/ o /ámoh/ su pronunciación según la procedencia de la persona.
- En conclusión, que un texto donde se documente su uso local "en español" de la época histórica dicha o, en su defecto, algún artículo de un especialista corroborando la teoría, daría suficiente referencia para avalar esa hipótesis. De no ser así, debiera figurar como "pronunciación" de —vamos—, como se ha dicho muy extendida fuera de La Guardia.
- --Jatrobat 05:04 13 jul 2008 (CEST)
- Una aclaración pertinente, sobre los sefardíes.
Debo hacer una somera aclaración sobre algo que es totalmente incierto desde el punto de vista del caso histórico de la presencia judía en España, como lo que se lee "Ya que desde la expulsión de los judíos por los Reyes Católicos hasta la reapertura de a estos de lasl fronteras por Francisco Franco"...
a).- Que es totalmente incierto esa argumentación histórica, debido que tras el decreto de expulsión en España se mantuvieron comunidades que no marcharon en el plazo establecido tal como lo decía (1), como lo atestiguan las comunidades de Hervás en Caceres, el Call de Girona varios grupos más de las sierras sur de Jaén. El ejemplo de Santángel, financiero de Isabel en la expedición a las Indias.
b).- Que tras la caida de José Bonaparte en desgracia en la convulsa España. el periodo de la Guerra de la Independencia) , la llegada de Godoy y hasta la entronización de Fernando VII como legítimo en la línea sucesoria más directa, en España, ese Decreto estaba ya olvidado, pero fue con el Asolutista cuando los judíos/sefardíes pudieron en España gozar de los mismos derechos que los católicoso españoles.
c).- Durante el periodo de dictadura del sr Franco, en los años de Guerra Mundial que le correspodió estando España ya a su mandato, fueron docenas los diplomáticos afectos a las legaciones de los paises que luego pasaron a la orbita de la G. Unión Soviética, los que a riesgo de sus vidas los que entregaron cédulas falsas, pasaportes diplomáticos,visados, a cientos de judios, rumanos,magiares,checos y en España el sr Franco les dio acomodo. Baste solo un hecho singular, el financiero que prestó dinero para con el que contar en los viajes conspiratorios - previos a la muerte del diputado a Cortes sr, Calvo Sotelo), para el sueldo del piloto inglés en el famoso "Dragon Rapide", fue un judío mallorquín " chueta", don Carlos March, padre y abuelo de los actuales financieros March y propietarios de la empresa: Corporación Alba.
d).Que las poblaciones de judíos en tiempo de Franco, estaban radicadas en Madrid, siendo el rabino principal el financiero español de procedencia húngara Ernesto Koplowit, padre de las actuales empresarias y financieras Esther y Alicia Koplowit propietarias entre otras empresas de FCC- Fomento de Contratas y Construcciones-. Que estaban radicados en Barcelona, donde se cuenta con la sinagoga más antigua de España, aguas arriba del Decreto de Expulsión.Que en Ceuta y Melilla la población es numerosa.
e).-Que la confusión está en que jamás el sr Franco,no abrió puerta alguna, es más de forma tozuda y sin sentido se negó en rotundo a reconocer al Estado de Israel, y que tras su fallecimiento si se reconoció a este como tal.
f).- Que para poder referenciar este aserto, desde la misma època de Franco, en la U. Complutense de Madrid,la de Barcelona, Granada, han existido departamentos de linguistica de hebreo, que dependiendo del Consejo de Investigaciones Científicas existe el llamado Instituto Arias Montano, creado en 1941 por el sr Franco.Para el estudio la investigación del sefardí.
- Y referente al padrinazgo que el sr Franco daba a los sefardíes tenemos que hasta la fecha no se ha celebrado otro congreso más prestigioso que el Congreso de Estudios Sefardís celebrado del 1 al 6 de junio de 1964 en Madrid.
g).- Que en caso de que existan documentos históricos sobre la Guardia que referencien es una labor ardua pero no dificil para los investigadores históricos, y que tratándose de tal argumento esto de por si se desecha debido a que es lo mismo de si existirán documentos en la aldea irlandesa donde nacieron los abuelos de Amstrong - el primer hombre en la Luna-que demuestre un escrito que por el destino, un descendiente de aquel pastor evangelista iba a salir fuera del planeta.Pero que como tal se posee una resolución judicial fechada de 2 de agosto de 1796 Y, en donde la palabra a debate está dos veces inserta.
Referencias donde existe esta joya del castellano antiguo.
Diccionario Ladino/Español. De P.P Recuero. Legado: Abba Eban. La cocina sefardí: Rabino Sterberg. Diccionario Akal del Refranero Sefardí de Jesus Contreras Ortiz de Urbina
y singulares poetas que escriben en sefardí y que sus nombres vienen en el Catálogo del Olivo con motivo de un trabajo que trae sobre la poesía y el olivar, varios turcos,israelís,argentinos y una neoyorkina.
1- El Edicto de Expulsión
- Bien es sabido que en nuestros dominios existen malos cristianos que han judaizado, que han cometido apostasía contra nuestra Fé Católica,siendo causa la mayoría por las relaciones entre judíos y cristianos.Por lo tanto en el año 1480,ordenamos que los judíos fueran separados de las ciudades y provincias de nuestros dominios y que les fuerona djudicados sectores,esperando que con esta medida la situación sería remediada y nosotros ordenamos que se estableciera la Inquisición en sus dominios
- Nosotros ordenamos además en este Edicto que, los judíos y judías de cualquier edad, que residan en nuestros territorios que partan con sus hijos y con sus hijas,criados y sirvientes,pequeños o grandes,de todas las edades a fin de julio de este año,y que no se atrevan a regresar a nuestras tierras,y que no tomen un paso adelante al traspasar, de la manera que si algún judío que no acepte este Edicto,si en caso es encontrado en estos dominios será culpado de muerte y confiscados sus bienes
Pd: Se Derogó, o sea se dejó sin efecto legal en 1968 sin que singnificara como el caso del restablecimiento de de relaciones diplomáticas con la G.Unión Soviética, que hasta entonces ningún español podría visita esa nación.--Palotes 21:00 20 jul 2008 (CEST)
Retomo el asunto
De todo lo expuesto extracto que:
se posee una resolución judicial fechada de 2 de agosto de 1796 Y, en donde la palabra a debate está dos veces inserta.
Palotes.
Pero no se dice que esta resolución esté dictada en La Guardia de Jaén. Si así fuera, no tratándose de simples erratas, bastará con su referencia.--Jatrobat 21:32 24 jul 2008 (CEST)
Por esa regla de tres...
También la Biblia santifica cientos de veces a Jerusalem como Ciudad Santa y sin embargo ni una sola letra se llegó a escribir esta ciudad.Ya puestos así...¡Nos vemos¡--koyma 07:15 30 jul 2008 (CEST)